Constitución
https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/index.htm (web oficial del Congreso de los Diputados; para cada artículo tiene una sinopsis con comentarios jurídicos)
https://www.lamoncloa.gob.es/documents/constitucion_es1.pdf (web oficial de Presidencia del Gobierno, 38 páginas)
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Extracto de la Constitución Española http://platea.pntic.mec.es/~jsanch14/constitucion.htm (web educativa)
PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
- Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
- Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
- Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
- Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
- Establecer una sociedad democrática avanzada, y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Artículo 19
Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Artículo 21
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa.
Artículo 22
1. Se reconoce el derecho de asociación.
Artículo 23
1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
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https://www.plenainclusion.org/sites/default/files/la_constitucion_espanola_en_lectura_facil.pdf ("...simplificando y adaptando la información para hacerla más fácilmente comprensible por todas las personas, en especial por quienes tienen dificultades de comprensión lectora"):
La Constitución es la norma más importante de un país.
En la Constitución están explicados:
• Los valores que deben impulsar las normas del país, por ejemplo, la libertad, la igualdad.
• Los derechos y los deberes de las personas.
• El reparto del poder entre las instituciones, las funciones de cada una y la forma de controlarlas.
En España, las instituciones explicadas en la Constitución son:
— La Corona, representada por el Rey.
— Las Cortes Generales. Es el Parlamento y está formado por el Congreso de los Diputados y el Senado.
— El Gobierno, formado por el Presidente y los ministros.
— El Poder Judicial, formado por los tribunales y los juzgados.
— El Tribunal Constitucional. Las leyes del país no pueden ser contrarias a la Constitución. El Tribunal Constitucional puede anular las leyes contrarias a la Constitución.
• La organización del país. En España hay:
— Ayuntamientos para gobernar los pueblos y ciudades.
— Provincias, que reúnen a varios Ayuntamientos.
— Comunidades Autónomas, formadas por una o varias provincias.
• La forma de cambiar la Constitución.
Los españoles votaron a favor de la Constitución el 6 de diciembre de 1978. Por eso, el 6 de diciembre es la fiesta de la Constitución.
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